La justicia digital para todos

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La justicia digital para todos

La justicia digital para todos, llegará pronto

 

El pasado jueves 11 de marzo del 2021, fue aprobado por el Senado de la República el proyecto por el que se reforma el artículo 17 constitucional en materia de digitalización de procesos

 

De manera toral, la reforma plantea la posibilidad que, “desde el texto constitucional, se reconozca la firma electrónica a fin de que todos los tribunales jurisdiccionales, tanto a nivel federal como local, la contemplen”.

 

ACTUALES ESFUERZOS DEL PODER JUDICIAL

 

Hoy en día, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Tribunales Federales y otros Poderes Judiciales locales han hecho esfuerzos para homologar los expedientes impresos con los digitales.

 

También resulta pertinente señalar que el artículo 3 de Ley de Amparo “prevé el uso de la Firma Electrónica como medio de ingreso al sistema electrónico del Poder Judicial de la Federación, la cual producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa”, sin embargo, la propuesta de reforma pretende llevar la firma electrónica tanto a la competencia local como a la federal y en general, en todas las materias.

 

¿QUÉ FIRMA SERÁ UTILIZADA?

 

En este esquema, se prevé la posibilidad de que la FIREL sea válida tanto para los órganos jurisdiccionales a nivel federal como para los locales, a través de diversos convenios de colaboración entre las instancias jurisdiccionales, pero no se tiene planeado que esta sea la única firma válida, preservando la posibilidad de que la ciudadanía tenga diferentes mecanismos para acceder a la justicia digital, como lo son: 1) La Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación (FIREL), 2) La Firma Electrónica Avanzada (e. Firma) y, 3) Las respectivas firmas electrónicas que contemplan los tribunales locales.

 

¿QUÉ SE PODRÁ HACER CON LA FIRMA ELECTRÓNICA?

 

La firma electrónica facilitará la realización de promociones, documentos y notificaciones oficiales, así como para la consulta de acuerdos, resoluciones, sentencias y cualquier otra información expedida por los órganos jurisdiccionales.

 

Esta iniciativa ya se turnó para su votación a la Cámara de Diputados y, de aprobarse, se le otorgaría un plazo al Congreso de la Unión para que se expida la ley reglamentaria a dicho apartado constitucional.


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